La reforma de la Ley de Glaciares seguirá vigente por ahora. El juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric, rechazó este viernes el pedido para suspender de manera inmediata la nueva norma impulsada por el Gobierno nacional, aunque habilitó el avance del amparo ambiental colectivo presentado por la provincia de La Pampa, organizaciones ambientalistas y la Universidad Nacional de La Pampa.
La decisión judicial dejó una escena intermedia: la ley continúa aplicándose, pero la discusión de fondo sobre su constitucionalidad quedó abierta.
La cautelar cayó, pero la pelea sigue
La demanda fue presentada por el gobernador Sergio Ziliotto y cuestiona que la reforma achica las zonas protegidas, flexibiliza los controles ambientales y reduce la protección sobre glaciares y áreas cercanas clave para las reservas de agua.
También advierte que el nuevo esquema deja más margen de decisión a las provincias para definir qué territorios quedan protegidos. Según los demandantes, eso podría habilitar actividades extractivas, especialmente mineras, en áreas antes restringidas.
Sin embargo, Baric consideró que no estaban dadas las condiciones para suspender una ley aprobada por el Congreso. En el fallo sostuvo que los actores no acreditaron un daño concreto e inminente y que la impugnación fue realizada “en abstracto”, sin identificar proyectos específicos o glaciares afectados.
Qué dijo el juez
El magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema y recordó que “ningún juez tiene en la República Argentina el poder de hacer caer la vigencia de una norma”.
La resolución también señaló que aceptar la cautelar hubiera significado anticipar de manera provisoria el resultado final que busca la demanda, que es frenar la reforma.
Pese a eso, el juez declaró “formalmente procedente” el amparo ambiental colectivo y ordenó al Estado nacional responder en un plazo de cinco días hábiles.
La reforma, aprobada en Diputados con 137 votos a favor y 111 en contra, modificó el alcance de la protección sobre glaciares y reemplazó prohibiciones generales por evaluaciones ambientales caso por caso.
Fuente: Página 12. Imagen: NA.
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